Sanción contra Empresa de seguridad que publicó fotografías de una persona en Facebook sin su autorización.
junio 2, 2021Sanción contra Call center por contactar a un cliente como referido, para otorgar bono de compra.
junio 11, 2021El caso:
- Una persona manifiesta que su identidad fue suplantada, y que la empresa de ventas por catalogo, le generó un reporte negativo y nunca tuvo un vínculo comercial con ellos.
- La persona afectada presentó derecho de petición ante la empresa manifestando su inconformidad por el reporte negativo en las centrales de riesgo. Dicha empresa respondió a su petición, fuera del término legal y no se pronunció de fondo frente a todas las pretensiones, y tampoco le dieron solución al reporte.
¿Qué manifiesta la SIC?
- La empresa no cumplió con el deber de tramitar los reclamos formulados por la afectada, al no responder de manera oportuna, completa y de fondo, dentro del término legal establecido, vulnera su derecho fundamental de hábeas data.
- La SIC encuentra además otras irregularidades dentro del caso en particular al no allegar la empresa los documentos que demostraban la existencia de la obligación.
- Faltaron al deber de conservar copia o evidencia de la autorización otorgada por el Titular de la información.
Sanción impuesta a la Empresa:
- La empresa no cumplió con el deber que le asiste en su calidad de Fuente de Información al no demostrar que remitió una comunicación previa a la realización del reporte negativo en el historial crediticio de la denunciante, con el fin de permitirle discutir aspectos como existencia, pago o exigibilidad de la obligación objeto de reporte.
- La SIC impone a la empresa una sanción de ($150.315.120) y debe adoptar las medidas pertinentes, para evitar su repetición y respetar y garantizar los derechos de los Titulares.
Resolución 10998 de 2021