Sanción a Empresa de CALZADO por omitir el deber de cumplir las instrucciones ordenadas por la SIC en investigación administrativa
junio 25, 2021Sanción a PROPIEDAD HORIZONTAL por no solicitar la previa autorización del registro fotográfico en cámaras de videovigilancia.
julio 2, 2021El caso:
- Un ciudadano solicitó a la empresa PIKAP hoy GOELEGIDO que eliminaran sus datos personales y los datos de su tarjeta de crédito de sus bases de datos, pues él no había utilizado sus servicios.
- La empresa dio respuesta a su solicitud, brindándole opciones de supresión.
- El ciudadano indicó que escogía la opción “i”, que le enviaran una certificación con la eliminación de sus datos personales de las bases de datos.
- Sin embargo, la empresa, no le hizo llegar la certificación, así como tampoco volvieron a comunicarse con él.
¿Qué manifiesta la SIC?
- Se vulneró abiertamente el derecho de hábeas data, al no emitir una respuesta de fondo y suprimir efectivamente los datos personales
- En la visita de inspección se identificó que recolectaba datos personales (nombre, apellidos y correo electrónico) a través de los subdominios sin solicitar y conservar copia de la autorización
previa de los titulares de la información.
Sanción impuesta a GOelegido
- La SIC impone a la empresa una sanción de ($ 44.658.840), por incumplir con las disposiciones en materia de protección de datos personales.
- Ordena activar un programa integral de gestión de datos (PIGDP) además de desarrollar un plan de revisión, supervisión, evaluación y control.