5 Decretos generados por el Gobierno Nacional que aborda la protección de los datos personales.
agosto 4, 2022La SIC sanciona a un Responsable por el incumplimiento del régimen de protección de datos de su encargado
septiembre 7, 2022La Corte Constitucional el pasado 10 de agosto, a través de la Circular 10 de 2022, estableció algunas pautas para la “Anonimización de nombres en las providencias disponibles al público en la página web de la Corte Constitucional”
Revisando la circular, realmente no se trata de Anonimización, más bien es Seudonimización, toda vez que se puede lograr con otros datos la reidentificación de la persona. Estas pautas son muy manuales, corren el riesgo que no siempre se apliquen. Sin embargo, es un paso para la protección de los datos de los sujetos involucrados. Supongo que se deberá ampliar mucho más, pues no contempla excepciones, ej: cuando sean casos de interés público, deja a criterio de los funcionarios ubicar otros datos que puedan llegar a ser identificatorios (identificadores directos), el quid es para determinar los identificadores indirectos, para los cuales no menciona nada.
Algunas de las pautas que menciona la circular, son:
1. Omisión de nombres reales en providencias de la Corte Constitucional
- Cuando se haga referencia a su historia clínica u otra información relativa a la salud física o psíquica.
- Cuando se trate de niñas, niños o adolescentes, salvo aquellos datos de naturaleza pública.
- Cuando se pueda poner en riesgo el derecho a la vida e integridad personal o el derecho a la intimidad personal y familiar.
2. Pautas operativas para la anonimización de Providencias disponibles al público en la página web de la Corte Constitucional.
- Se incluirá una aclaración previa al inicio de la providencia en la que se informará de forma sucinta la razón de la omisión de los nombres reales y los nombres ficticios que se utilizarán en reemplazo de los reales.
- El nombre ficticio se escribirá en cursiva y sin apellidos.
- Se evitará la inclusión de otros datos que permitan la identificación de la persona, por ejemplo, su lugar de residencia, el nombre de sus familiares, documento de identidad. En caso de que sea necesario hacer referencia a ellos también deberán anonimizarse.
Circular 10 2022 CC