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julio 10, 2023- El caso: El padre de un niño de 10 años instaura acción de tutela contra la madre del menor, toda vez que considera que ha incurrido en “una serie de conductas irregulares respecto a la imagen y buen nombre« de su hijo, puesto que se desempeña como modelo de fotografías para adultos en la plataforma de #OnlyFans y comparte parte de estas publicaciones en sus redes sociales de #Instagram y #TikTok.
- Pronunciamiento de la Corte: La Corte se pronuncia sobre el «Sharenting» y la huella digital de los niños y niñas en internet. «Aunque en Colombia no existe una definición normativa que precise su contenido y alcance, se entiende que esta práctica consiste en documentar la vida personal de los hijos desde temprana edad en internet a través de las redes sociales, mediante comentarios, fotografías, videos u otro material. Así, el #sharenting puede implicar una sobreexposición de la imagen de los hijos menores de edad en las redes sociales, pues se documentan aspectos como sus primeros pasos, la primera risa, las primeras palabras, el primer año de vida y otras celebraciones, el lugar de residencia o de estudio, su ubicación real, los sitios a donde va de paseo, sus gustos o pasatiempos»
- La Corte se pregunta si existe un conflicto entre el derecho que tienen los padres de manejar la identidad digital de sus hijos o si esta práctica » constituye más bien un ejercicio extralimitado de la patria potestad, pues, en todo caso, cuando los hijos están en sus primeros años de vida, la acción de compartir su imagen, por ejemplo, está desprovista de su participación y libre opinión» En este caso, la Corte manifiesta que los niños y niñas tienen derecho a construir su propia identidad durante el crecimiento «de forma que se definida por ellos mismos y no por los padres».
- La Corte considera que la imagen del niño no esta sobreexpuesta en las redes sociales, según las pruebas que se aportaron, pero si evidencia que dichas redes sociales son visitadas por una gran cantidad de personas. En tal sentido, le ordena a la madre que antes de realizar una publicación que involucre al hijo, debe valorar los riesgos y amenazas que se pueden generar por la exposición de la imagen del menor en redes sociales.