EL Principio de Legalidad.
marzo 12, 2020El Principio de Libertad
marzo 15, 2020¿CÓMO ENTENDER ESTE PRINCIPIO?
El principio de finalidad establece el deber de informar al titular, el uso dado a sus datos personales por parte del Responsable. * La recolección de la información para el tratamiento, debe obedecer a un propósito legítimo y se tendrá que informar al titular del dato; quien podrá o no otorgar su autorización de manera libre, previa y expresa. * El tiempo de conservación de la información personal, no podrá exceder el tiempo del cumplimiento del propósito para el cual fueron recolectados los datos. * Este principio indica que puede realizarse el tratamiento de datos personales exclusivamente para las finalidades detalladas en la autorización otorgada por el titular.
SANCIONES
La Resolución 55405 del 2018 de la SIC, evidencia de manera clara la vulneración del principio de finalidad, en virtud de la violación de: * El debido tratamiento de los datos personales sensibles, y los datos de los niños, niñas y adolescentes | artículos 5 y 7 de la ley 1581 del 2012. * No cumplir con la autorización previa e informada del titular del dato | artículo 9 de la ley 1581 del 2012. * No informar al titular del dato las finalidades del tratamiento | artículo 12 de la ley 1581 del 2012. * Deberes y responsables del tratamiento de datos personales | artículo 17 de 1581 del 2012.
RECOMENDACIONES
1. Tenga documentado las finalidades del tratamiento de la información personal de acuerdo a cada entrada de información que tenga en su organización y reviselas periódicamente. 2. La finalidad del tratamiento de datos debe ser acorde al objeto social, debido a que es una de las razones por las cuales se legitima la recolección de los datos personales. 3. Incorpore las finalidades de la recolección de la información personal tanto en la autorización, como en la política de tratamiento de información. 4. Si en el tratamiento de datos personales se identifican nuevas finalidades , solicite nuevamente autorización al titular de la información. 5. Solicite sólo la información necesaria que requiere para el tratamiento de los datos personales, y articule esas finalidades del tratamiento, con su política de gestión documental.