El Principio de Finalidad.
marzo 13, 2020El Principio de Veracidad o Calidad
marzo 16, 2020¿Cómo entenderlo?
La aceptación del titular de la información para el tratamiento de sus datos personales por terceros debe ser de forma voluntaria e inequívoca. El titular debe estar informado sobre el uso que se le dará a la información suministrada y permitir de manera: – libre – no condicionado. – Expresa – clara. – Previa – al uso de la información. Este principio le permite también, retirar en cualquier momento, la autorización otorgada a esos terceros, con los límites que imponga la ley.
Sanciones
Por medio de la resolución 9800 del 25 de abril del 2019, la SIC evidencia algunas vulneraciones al Principio de Libertad en la gestión de los datos personales, en virtud del incumplir las siguientes obligaciones: – La garantía del pleno ejercicio del hábeas data. – Solicitar y conservar copia de la autorización del titular, para el tratamiento de datos personales por terceros. – Facultad del titular del dato, para revocar y suspender el tratamiento de sus datos 1. a voluntad propia | 2. cuando se haga uso indebido de éstos | 3. cuando el tratamiento no respete los principios, deberes y garantías legales y constitucionales | 4. Cuando la SIC determine conductas contrarias a la constitución y la Ley.
Recomendaciones
1. Solicitar y conservar la autorización para el tratamiento de datos personales en los medios de recolección que tenga a disposición. 2. No divulgar datos personales en Internet, ni a terceros, sin previa autorización del titular. 3. No realizar el tratamiento a los datos personales, para finalidades no autorizadas por el titular, o formas de recopilación de información secretas, irregulares, e ilegales. 4. Establezca los medios técnicos necesarios, para revocar la autorización o suprimir los datos, cuando el titular lo solicite.