Principios en el tratamiento de datos personales. Comparativa Europa y Colombia
marzo 10, 2021Brechas de seguridad de datos personales. Comparativa RGPD- Colombia
marzo 18, 2021Los derechos de los interesados en protección de datos personales en el marco legal europeo son los mismos que tenía la legislación anterior, y que por tanto, también se encuentran actualmente en la legislación colombiana. Estos son los derechos ARCO, Acceso, Rectificación, Oposición y Cancelación. Este último, se pasa a llamar, Supresión del Dato (incluido el derecho al olvido), tal como se denomina en nuestra legislación. No obstante, el RGPD trae como novedad tres nuevos derechos, que por supuesto, no se encuentran en la legislación colombiana, y estos son los que abordaremos. Estos son: Limitación del Tratamiento, Derecho a la Portabilidad de Datos Personales, y el Derecho a no ser objeto de decisiones automatizadas.
Limitación del Tratamiento
Es la facultad que tiene el interesado de solicitar al responsable no hacer uso de sus datos personales, aunque puede seguir conservandolos. El RGPD lo define como: “el marcado de los datos de carácter personal conservados con el fin de limitar su tratamiento en el futuro”
Este derecho se ejerce se ejerce en alguno de estos cuatro supuestos:
- Cuando está en duda la exactitud de los datos personales.
- Cuando el interesado no desee que el responsable suprima sus datos personales.
- Cuando el responsable no necesite los datos personales, sin embargo el interesado
- Cuando el interesado se oponga al tratamiento de los datos personales.
El RGPD (considerando 67) establece como métodos para limitar el tratamiento de datos personales: trasladar temporalmente los datos seleccionados a otro sistema de tratamiento, impedir el acceso de usuarios a los datos personales seleccionados y retirar temporalmente los datos publicados en un sitio de internet.
Derecho a la Portabilidad de Datos
Como muy bien lo menciona el RGPD este derecho permite que el interesado tenga mayor control sobre sus datos personales cuando el tratamiento se realice por medios automatizados, en este caso, el interesado tiene derecho a recibir en un formato estructurado, de uso común de lectura mecánica e interoperable, y solicitar que sean transmitidos a otro responsable. Para que este derecho pueda materializarse, debe cumplirse dos condiciones, que el interesado haya dado su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales, o cuando el tratamiento sea necesario para la ejecución de un contrato, y por otro lado, que el tratamiento se realice por medios automatizados.
Derecho a no ser objeto de decisiones automatizadas
Este derecho garantiza que las personas no sean objeto de decisiones basadas en el tratamiento automatizado de sus datos personales y que llegue a generar efectos jurídicos, afectando su situación personal o jurídica. Este derecho también aplica, cuando se realiza elaboración de perfiles, debido a que estamos clasificando, segmentando, micro focalizando a una persona. La importancia de este derecho radica en el riesgo que existe en la toma de decisiones de manera automatizada, sin intervención humana. En este caso, en virtud de este derecho, la intervención que se haga en esa decisión automatizada que se interviene debe ser por parte de alguien que tenga la autoridad y capacidad para cambiar o ajustar la decisión tomada de manera automatizada.
Derecho de Información
Vale precisar que el RGPD incluye el Derecho de Información (aunque no se encuentra en la sección de derechos), este derecho, en el caso de la legislación colombiana, se encuentra reconocido, por supuesto, antes que entrará en vigencia el RGPD. En el reglamento este derecho se desarrolla de manera mucho más específica, estableciendo su alcance de modo, tiempo y lugar.